Contratos temporales: ¿Son legales?

Cada verano en las zonas de vacaciones como, por ejemplo, Ibiza, aumentan considerablemente los contratos de trabajo. Esto no se debe más que a la demanda que tienen los lugares de sol y playa durante la época estival para poder cubrir las necesidades en determinados meses del año. Generalmente, esta disminución de gente en paro se traduce en contratos temporales, en muchas ocasiones, precarios o ilegales.

solyplaya

Aunque después del largo invierno encontrar en trabajo es la salvación de muchos españoles, la precariedad de las condiciones hacen que no sea tan buena noticia. Por un lado, muchos de ellos son contratos a tiempo parcial, ya sean por obra y servicio o eventuales por circunstancias de la producción. Por otro lado, en muchas ocasiones no se respetan los derechos de los trabajadores.

Es importante que los trabajadores conozcan sus derechos, pues son muchos, aunque en el presente artículo destacamos los siguientes:

  1. Si estás cobrando el paro, la Ley General de la Seguridad Social permite compatibilizar el paro con el trabajo a tiempo parcial, es decir, puedes cobrar la media jornada trabajaba y completar el salario con la prestación por desempleo para la media jornada restante.
  2. Si estabas cobrando una prestación por desempleo, esta se reanudará una vez finalizado el contrato temporal siempre y cuando cumplas el requisito de haber cotizado al menos doce meses aunque no sea seguidos, sino en los últimos 6 años.
  3. Es obligatorio disfrutar de un descanso semanal de, al menos, un día y medio ininterrumpido, salvo en aquellas excepciones en que la Ley o el convenio dispongan otra cosa.

Una vez citados 3 de los derechos básicos para un trabajador temporal, quiero mencionar que, por un lado, los contratos por obra y servicio tienen la finalidad de realizar una actividad que no es la normal de la empresa, y que finalizará en un período incierto pero inferior a 3 años. El ejemplo paradigmático es la construcción de un edificio. Por otro lado, los contratos eventuales por circunstancias de la producción tienen como finalidad atender las exigencias del mercado, en un momento dado, por acumulación de tareas aun tratándose de la actividad normal de la empresa. Este sería el caso, por ejemplo, de la campaña de rebajas en una tienda de ropa.

Una vez hecha la diferencia entre los dos tipos de contrato anteriores, puede que te surja la duda de si tu contrato es legal o no. Pues bien, es posible que cumplan los requisitos, pero también es muy probable que hayas firmado un contrato:

  • por obra y servicio para la “actividad normal” de la empresa y en el contrato aparece la fecha de inicio y la fecha de fin.
  • eventual por circunstancias de la producción con una empresa que la naturaleza de su actividad no justifica la acumulación de tareas en un momento dado.

Si te encuentras en alguna de las situaciones anteriores, lo mejor es que te pongas en contacto con un abogado pues, es posible que nos encontremos ante irregularidades que, de llevarlas ante un juez, podrías mejorar tu situación y ayudar a que no se sigan cometiendo estas irregularidades con futuros trabajadores que pueda contratar tu empresa. ¡Defiende tus derechos!